¿Conoces el seguro de autónomo? De todos es conocido que si un autónomo no trabaja, no factura. Sin embargo, si estás de baja por enfermedad o accidente sí tienes derecho a una prestación económica.
Los requisitos necesarios para poder aprovechar la ayuda del seguro de autónomo son tres:
- Haber cotizado un mínimo de 180 días en los últimos 5 años.
- Estar dado de alta como autónomo.
- Tener todas estas cuotas al corriente.
¿Cuáles son las prestaciones del seguro de autónomo?
- Prestación por incapacidad temporal: si estás de baja laboral.
- Incapacidad permanente total: si no puedes volver a ejercer tu profesión pero si puedes trabajar en otro oficio.
- Incapacidad permanente absoluta: si no puedes ejercer ningún tipo de trabajo remunerado.
- Por último, si como consecuencia del accidente o enfermedad, el trabajador autónomo falleciese, sus hijos y pareja percibirían la prestación de viudedad y orfandad.
Prestaciones insuficientes:
Si bien ayudan, estos ingresos son insuficientes para poder hacer frente a los gastos mensuales. Por ello, es del todo recomendable un plan de seguro privado.
Para ello, hay que tener en cuenta las situaciones de riesgo que necesitas asegurar dependiendo de la edad, puesto y profesión y responsabilidades.
También tienes que analizar qué cantidad necesitas cada mes. Conforme a ello, puedes aceptar o no el capital que te proponen contratar.
Si se asegura la casa o el coche, ¿Por qué no aseguramos nuestro futuro? El riesgo está presente en cualquier profesión, y no nos acordamos del seguro hasta que pasa algo. No esperes a que sea irreparable. Y es que los profesionales autónomos tienen menos índice de recuperación ante cualquier imprevisto. Si ya es exigente tu trabajo, invierte en tranquilidad.
Es recomendable recibir asesoramiento de profesionales para que se haga un análisis real de todas las coberturas que necesitas. Nuestros expertos te ayudarán para que ganes en tranquilidad y restes incertidumbre a tu futuro.
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